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	<title>abogados civil &#8211; BR abogados, derecho bancario, accidentes , tráfico y protección de datos</title>
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		<title>CÓMO SABER SI TENGO MULTAS</title>
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		<pubDate>Thu, 03 Feb 2022 16:01:00 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cuando un conductor comete una infracción, recibe una notificación en su domicilio. De esta forma, conoce si tiene una multa pendiente; o, al menos, eso [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class="alignnone size-full wp-image-254" src="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/02/COMO-SABER-SI-TENGO-MULTAS-1.jpg" alt="CÓMO-SABER-SI-TENGO-MULTAS-1" width="1203" height="625" srcset="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/02/COMO-SABER-SI-TENGO-MULTAS-1.jpg 1203w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/02/COMO-SABER-SI-TENGO-MULTAS-1-300x156.jpg 300w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/02/COMO-SABER-SI-TENGO-MULTAS-1-1024x532.jpg 1024w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/02/COMO-SABER-SI-TENGO-MULTAS-1-768x399.jpg 768w" sizes="(max-width: 1203px) 100vw, 1203px" /></p>
<p>Cuando un conductor comete una infracción, recibe una notificación en su domicilio. De esta forma, conoce si tiene una multa pendiente; o, al menos, eso es lo que ocurre en la mayoría de las ocasiones; sin embargo, existen diferentes casos en los que la notificación no llega al domicilio del conductor, ya sea por error de la Administración, o porque los datos del conductor no se han modificado después de un cambio de domicilio.</p>
<p>Por ello, es recomendable que cualquier conductor <strong>revise de forma periódica el estado de sus multas para comprobar que no tiene ninguna pendiente</strong>, evitando así los problemas que podría acarrear la tardanza en el pago de una multa por desconocimiento de que esta existe o para que no venza el plazo para hacer las reclamaciones pertinentes.</p>
<h2>Dónde saber si tengo una multa de tráfico</h2>
<p>Lo primero que hay que saber sobre las multas es que, en España, existen tres Administraciones que pueden emitir multas:</p>
<ul>
<li>La Dirección General de Tráfico</li>
<li>Las Comunidades Autónomas de Cataluña, País Vasco y Navarra</li>
<li>Los Ayuntamientos</li>
</ul>
<p>&nbsp;</p>
<p>Así que, si se sospecha que se tiene una multa pendiente, lo primero que hay que hacer es identificar cuál de estas tres administraciones la ha emitido la multa o, si no se tiene certeza sobre ello, habrá que comprobar si hay multas en todas las que fueran posibles: la DGT, que afecta a todo el territorio nacional, las Comunidades Autónomas por las que se hubiera transitado y las localidades en la que se hubiera conducido.</p>
<h3>Cómo saber si tengo multas de tráfico de la DGT</h3>
<p>Si no se dispone de certificado digital u otras acreditaciones para realizar trámites telemáticos, la forma más sencilla es consultar el Tablón Edictal de Sanciones de Tráfico (TES), donde la DGT publica todas las multas, donde se puede realizar una búsqueda avanzada indicando el número de matrícula del propio vehículo, o el número de identificación del conductor.</p>
<p>En el caso de disponer de certificado digital o DNI electrónico, la forma rápida y fácil es a través de la Dirección Electrónica Vial de la DGT, donde en solo unos minutos se obtendrá información sobre los datos del conductor. Es necesario darse de alta la primera vez que se accede, a partir de ese momento, todas las notificaciones se recibirán también en un buzón electrónico.</p>
<h2>Qué hacer para conocer multas en Cataluña</h2>
<p>En <strong>Cataluña</strong>, las multas pendientes se pueden consultar a través de la web del <a href="http://transit.gencat.cat/es/">Servei Català de Trànsit</a>. Se puede acceder tanto con certificado digital o DNI electrónico, como aportando número de documento de identidad y teléfono. Desde la misma web, también se pueden presentar las alegaciones o reclamaciones pertinentes o realizar el pago de las multas.</p>
<p>En el País Vasco, se pueden consultar las multas pendientes a través del Departamento de Seguridad de la página web del Gobierno Vasco, para completar el trámite y obtener la información deseada sobre las multas, es necesario disponer de Certificado Electrónico o acceder con DNI-e.</p>
<p>En cambio, si la multa la ha puesto la Policía Foral de Navarra, será necesario contactar con cualquiera de sus comisarías para recibir información sobre las multas pendientes, así como información sobre las formas de pago o de reclamación.</p>
<h2>Cómo conocer las multas que me han puesto en Barcelona o cualquier ayuntamiento.</h2>
<p>En las vías urbanas, cada Ayuntamiento gestiona la ordenación del tráfico mediante la policía local, que también puede poner multas. Sin embargo existe un tablón de publicación donde ayuntamientos como el Barcelona publican la información de la multas interpuestas , se trata del TESTRA y <a href="https://sedeapl.dgt.gob.es/WEB_TTRA_CONSULTA/Todos.faces?idioma=ca">puedes consultar tus multas en Barcelona aquí . </a> Introduciendo la matrícula o el DNI sin espacios.</p>
<p>En el caso sospechar que hay una multa pendiente, tanto en la localidad de residencia como en otras, lo más sencillo es buscar la página web del Ayuntamiento. En este caso, pueden producirse tres escenarios:</p>
<ul>
<li>Que exista una web y se puedan realizar trámites telemáticos, lo que facilitará el acceso a la información sobre las multas.</li>
<li>Que exista una web, pero no permita tramites telemáticos, en cuyo caso, lo mejor es buscar un número de teléfono de contacto para información gestión y pago de multas.</li>
<li>Que no exista web, en este caso, habrá que buscar un número de teléfono de la Policía Local para obtener la información sobre si hay multas pendientes y, si las hubiera, la forma de pago o de reclamación de esta.</li>
</ul>
<p>Conocer si hay multas pendientes tan pronto como sea posible tiene numerosas ventajas:</p>
<ul>
<li>Si se considera que la multa es correcta, pagar con rapidez reduce el importe de la multa hasta un 50%.</li>
<li>Si se considera que la multa no es correcta, existe un plazo de reclamación que podría vencer por desconocimiento de multa existente.</li>
</ul>
<p>No hay que olvidar que la sanción económica no es la única consecuencia de una multa de tráfico, ya que muchas infracciones de tráfico conllevan la pérdida de puntos del carnet; por lo tanto, saber si hay multas pendientes también puede ayudar a determinar si el carnet de conducir ha perdido su validez al no tener saldo de puntos.</p>
<p>&nbsp;</p>
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		<title>¿SE PUEDE SER AUTÓNOMO CON UNA INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[fe6dd76922]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Jan 2022 10:10:05 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados civil]]></category>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class="alignnone size-full wp-image-228" src="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/AUTONOMO-UNA-INCAPACIDAD-PERMANENTE-TOTAL.jpg" alt="AUTÓNOMO-UNA-INCAPACIDAD-PERMANENTE-TOTAL" width="850" height="567" srcset="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/AUTONOMO-UNA-INCAPACIDAD-PERMANENTE-TOTAL.jpg 850w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/AUTONOMO-UNA-INCAPACIDAD-PERMANENTE-TOTAL-300x200.jpg 300w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/AUTONOMO-UNA-INCAPACIDAD-PERMANENTE-TOTAL-768x512.jpg 768w" sizes="(max-width: 850px) 100vw, 850px" />Al pensar en una incapacidad, es lógico asociarla con la imposibilidad de trabajar por cuenta propia o por cuenta ajena; sin embargo, dentro de la incapacidad permanente, se establecen diferentes grados y, algunos de ellos son compatibles con ser autónomo o con trabajar por cuenta ajena, es el caso de la incapacidad permanente total, que prevé la compatibilidad siempre y cuando se cumplan algunos requisitos.</p>
<h2>¿Qué es una incapacidad permanente total?</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>Para entender por qué es posible ser autónomo con este tipo de prestaciones, lo primero es determinar qué es una incapacidad permanente total, ya que es una inhabilitación para realizar las <strong>tareas comunes el puesto de trabajo habitual</strong>.</p>
<p>A partir del momento en el que se concede la prestación por incapacidad permanente total, el paciente percibirá una ayuda que corresponde a un 55 % de su base reguladora y, en algunos, puede alcanzar el 75% de la base reguladora.</p>
<p>Teniendo en cuenta estos dos aspectos:</p>
<ul>
<li>Inhabilitación para el puesto de trabajo habitual</li>
<li>Percepción de una prestación del 55% de la base reguladora</li>
</ul>
<p>Muchos son los trabajadores que se preguntan si pueden trabajar con una incapacidad total y si el desarrollo del trabajo es compatible con percibir la prestación.</p>
<h2>Ser autónomo con una incapacidad permanente total</h2>
<p>¿Se puede ser autónomo con incapacidad total permanente? La respuesta rápida es sí. Es posible compatibilizar el trabajo con la situación de incapacidad, siempre y cuanto se cumplan una serie de requisitos.</p>
<p>Por un lado, antes de iniciar la nueva actividad laboral es necesario que:</p>
<ul>
<li>El empleado comunique al Instituto Nacional de la Seguridad Social el inicio de la actividad laboral.</li>
<li>El INSS expida una autorización previa al inicio de la actividad laboral si se trata de una incapacidad de tipo profesional. Aunque no es obligatorio para el resto, solicitar este certificado es también recomendable siempre que quieran compatibilizar empleo y prestación por incapacidad.</li>
</ul>
<p>Por otro lado, para trabajar por cuenta propia es necesario cumplir con estas condiciones:</p>
<ul>
<li>Que no exista una <strong>compatibilidad </strong>de <strong>trabajo </strong>entre la antigua y la nueva profesión; es decir, que pertenezcan a categorías profesionales diferentes.</li>
<li>Que sea compatible con el estado de salud de la persona incapacitada</li>
<li>Que no sea causa de empeoramiento del trastorno o enfermedad incapacitante</li>
</ul>
<p>Si se cumplen estas condiciones y desde el Instituto de la Seguridad Social dan el visto bueno, es posible compatibilizar la pensión con el salario.</p>
<h2>¿Y si no se comunica a la Seguridad Social?</h2>
<p>Si el trabajador comienza a trabajar por cuenta propia sin realizar la comunicación previa al INSS, se considera como una falta leve, que se sanciona con la pérdida de una mensualidad de la prestación. Pudiendo después compatibilizar la percepción de la prestación y los ingresos como autónomo, al considerarse que la Seguridad Social ya conoce la situación del trabajador.</p>
<h2>¿Es posible ser autónomo  en la misma categoría profesional?</h2>
<p>Como ya se ha indicado, el nuevo trabajo debe ser de categoría profesional diferente, y así se debe notificar a la Seguridad Social. En el caso de que no se notifique o de que, a pesar de notificarlo, el INSS considere que el nuevo empleo pertenece a la misma categoría o pone en riesgo la salud del trabajador, los escenarios posibles son dos:</p>
<ul>
<li>El INSS envía una notificación al autónomo para advertirle de que, si no abandona el trabajo, se procederá a la baja de su incapacidad permanente y, por lo tanto, dejará de percibir la prestación.</li>
<li>El INSS cursa la baja y el trabajador deja de percibir la pensión.</li>
</ul>
<p>En ambos casos, además de dejar de percibir la prestación por incapacidad, deberá devolver cantidades que hubiera percibido desde el momento en el que se le concedió la incapacidad y hasta la fecha de la baja.</p>
<h2>Ser autónomo con una incapacidad permanente total, mayores de 55 años</h2>
<p>El INSS considera que los trabajadores mayores de 55 años con una incapacidad permanente total tienen más dificultad para encontrar empleo y, por lo tanto, para compatibilizar empleo y percepción de prestación; por ello, su pensión se ve incrementada en un 20%; es decir, que cobran el 75% de la base reguladora. Un trabajador que percibe dicho incremento no podrá compatibilizarlo con un nuevo trabajo.</p>
<p>Si el trabajador encuentra un empleo compatible con la pensión de incapacidad (es decir notificándola a la Seguridad Social y de categoría profesional diferente), <strong>dejará de percibir el incremento del 20% de la base salarial, pudiendo después recuperarla una vez finalice el trabajo.</strong></p>
<p>En definitiva, <strong>es posible compatibilizar la percepción de la pensión por incapacidad permanente total con ser autónomo</strong>, siempre y cuando se cumplan los requisitos que se han expuesto más arriba.</p>
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		<title>INDEMNIZACIÓN POR PÉRDIDA DE AUDICIÓN</title>
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		<pubDate>Fri, 28 Jan 2022 10:06:48 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La hipoacusia es una de las consecuencias laborales más frecuentes entre los trabajadores; en ciertos sectores, tales como la industria o la construcción, se registran [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class="alignnone size-full wp-image-225" src="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/INDEMNIZACION-POR-PERDIDA-DE-AUDICION.jpg" alt="INDEMNIZACIÓN-POR-PÉRDIDA-DE-AUDICIÓN" width="750" height="500" srcset="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/INDEMNIZACION-POR-PERDIDA-DE-AUDICION.jpg 750w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/INDEMNIZACION-POR-PERDIDA-DE-AUDICION-300x200.jpg 300w" sizes="(max-width: 750px) 100vw, 750px" /></p>
<p>La hipoacusia es una de las consecuencias laborales más frecuentes entre los trabajadores; en ciertos sectores, tales como la industria o la construcción, se registran altos datos de empleados que ven reducida su capacidad de audición debido a la continua exposición a los ruidos presentes en su entorno de trabajo.</p>
<p>Sobre cómo afecta al ruido a la pérdida de audición se sabe que los empelados expuestos al ruido continuo son más propensos a sufrir una pérdida auditiva con el tiempo y que, además, si el ruido es agudo, el riesgo de padecer algún grado de sordera es mayor.</p>
<p>En el Real Decreto 1299/2006, de 10 de noviembre se incluye hipoacusia entre las enfermedades laborales y establecen los criterios para su notificación y registro, que dan lugar a los derechos de los trabajadores que ven mermada su sensibilidad auditiva, lo que incluye la indemnización por pérdida de audición.</p>
<h2>Grados de sordera que pueden dar derecho a una indemnización</h2>
<p>El oído es uno de los cinco sentidos, siendo necesario para la realización de numerosos trabajos para los que es necesario escuchar; además, el oído está relacionado con el vértigo, lo que puede incapacitar para realizar muchas actividades laborales.</p>
<p>Atendiendo a la actividad laboral de la persona afectada por sordera y a las tareas propias de su actividad, existen tres grados de pérdida de audición que dan derecho a solicitar una prestación:</p>
<p><strong><u>Grado de incapacidad total</u></strong></p>
<p>Se otorga este grado a aquellas personas que, como consecuencia de la reducción en su sensibilidad auditiva, ya no pueden realizar su actividad laboral habitual, como puede ser un teleoperador o una persona que trabaja en atención telefónica.</p>
<p>La incapacidad total incluye tanto la pérdida auditiva en ambos oídos, como la hipoacusia en uno solo de los oídos que, por ejemplo, sería incapacitante para quienes manejen maquinaria o para conductores.</p>
<p>Hay que tener en cuenta que este grado no incapacita para desarrollar otras actividades laborales, siempre y cuando no sean afines a aquella que otorga el derecho a prestación y, por lo tanto, la percepción de una pensión es compatible con una percepción salarial. En la actualidad es el grado de incapacidad por pérdida auditiva más frecuente.</p>
<p><strong><u>Grado de minusvalía:</u></strong></p>
<p>Se considera grado de minusvalía cuando se comprueba una pérdida mediante audiometrías. El grado de minusvalía incluye varias clasificaciones de hipoacusia: benigna, leve, severa, moderada o profunda.</p>
<p>La minusvalía no es incapacitante para realizar una actividad laboral, pero además de empelarse medios y recursos de protección, deberá seguir analizándose mediante audiometrías periódicas que determinen si la hipoacusia se mantiene o si se agrava, lo que podría sentar las bases para una nueva revisión por parte de un tribunal médico que valore si se trata de una incapacidad.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><strong><u>Grado absoluto de incapacidad</u></strong></p>
<p>Es el grado más alto de hipoacusia, ya que afecta a ambos oídos, que presentan una sordera severa y, además, suele ir acompañado de otras lesiones que no solo merman la capacidad auditiva, impidiendo la realización de la actividad laboral habitual, sino que tienen una severa influencia negativa en la calidad de vida del paciente.</p>
<p>Este grado de incapacidad por pérdida de audición también permite compatibilizar la prestación con la percepción de un salario, aunque debido al alto grado de pérdida auditiva y a al resto de lesiones, las posibilidades reales de realizar cualquier actividad profesional son más limitadas.</p>
<p>El control periódico de la calidad auditiva de los empleados, los análisis, los equipos de protección y otras medidas para reducir los efectos del ruido en el puesto de trabajo permiten que el problema de reducción de la audición se pueda detectar antes y, por lo tanto, hacen que existan pocos expedientes resueltos como incapacidad en grado absoluto.</p>
<h2>Requisitos para obtener una indemnización por pérdida de audición</h2>
<ul>
<li>Que sea una condición permanente e irreversible; es decir, no se concede grado de incapacidad (ni, por lo tanto, indemnización) si el tribunal médico considera que se trata de una sordera temporal.</li>
<li>Que la sordera sea incapacitante para la actividad laboral habitual o para realizar cualquier actividad laboral.</li>
<li>Que se hayan realizado audiometrías que verifiquen la pérdida de audición.</li>
<li>La pérdida de audición puede haberse producido en ambos oídos, o solo en uno.</li>
<li>Entre las medidas de prevención de enfermedades laborales se incluye la obligación de proporcionar medios y recursos para reducir el ruido en el entorno laboral. La ausencia de estos, o un mal estado de estos, da derecho a una reclamación para obtener una indemnización por reducción de la capacidad para oír.</li>
</ul>
<h2>Cómo solicitar una indemnización o una pensión por sordera</h2>
<p>Facilitar toda la documentación y las pruebas de las que se disponga y que sirvan para demostrar la progresiva pérdida de la audición.</p>
<p>Superar un tribunal médico que certifique la hipoacusia y otorgue el correspondiente grado de minusvalía o incapacidad, teniendo en cuenta la actividad laboral del afectado y cómo la pérdida auditiva puede afectar no solo al desarrollo de su trabajo y a su calidad de vida.</p>
<p>Muchas personas afectadas por un problema de hipoacusia saben que pueden acceder a una prestación; sin embargo, en caso de negligencia por parte de la empresa o del empleador, pueden reclamar una indemnización por pérdida de audición. Por ello, es recomendable buscar asesoramiento profesional para conocer si tienen derecho a indemnizaciones.</p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
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			</item>
		<item>
		<title>ENFERMEDADES PARA INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA</title>
		<link>https://www.babiruizabogados.es/enfermedades-incapacidad-permanente-absoluta/</link>
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		<dc:creator><![CDATA[fe6dd76922]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Jan 2022 10:03:37 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>La incapacidad permanente absoluta inhabilita al trabajador para realizar cualquier tipo de trabajo, de cualquier oficio o profesión; es decir, que mediante ella se reconoce [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class="alignnone size-full wp-image-224" src="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/ENFERMEDADES-PARA-INCAPACIDAD-PERMANENTE-ABSOLUTA.jpg" alt="ENFERMEDADES PARA INCAPACIDAD PERMANENTE ABSOLUTA" width="850" height="567" srcset="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/ENFERMEDADES-PARA-INCAPACIDAD-PERMANENTE-ABSOLUTA.jpg 850w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/ENFERMEDADES-PARA-INCAPACIDAD-PERMANENTE-ABSOLUTA-300x200.jpg 300w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2022/01/ENFERMEDADES-PARA-INCAPACIDAD-PERMANENTE-ABSOLUTA-768x512.jpg 768w" sizes="(max-width: 850px) 100vw, 850px" /></p>
<p>La incapacidad permanente absoluta <strong>inhabilita al trabajador para realizar cualquier tipo de trabajo, de cualquier oficio o profesión</strong>; es decir, que mediante ella se reconoce que la persona afectada por una enfermedad incapacitante con este grado no puede desarrollar ninguna actividad laboral.</p>
<p>En muchos casos, las incapacidades permanente absolutas son, en realidad, una gran invalidez, ya que a la imposibilidad para trabajar suelen acompañarle pérdidas funcionales o anatómicas, por lo que es necesario un tratamiento específico y continuado, así como la asistencia para realizar muchas de las tareas cotidianas.</p>
<h2>Con qué enfermedades conceden la incapacidad permanente absoluta</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>Lo primero que hay que decir sobre enfermedades que dan derecho a prestación por incapacidad permanente absoluta, es que en ellas que incluyen tanto enfermedades laborales, como enfermedades por contingencias comunes.</p>
<h3>Enfermedades físicas</h3>
<p>&nbsp;</p>
<p>Acromatopsia</p>
<p>Acondroplasia</p>
<p>Arterioesclerosis</p>
<p>Cardiopatías</p>
<p>Cáncer</p>
<p>Enfermedad de Crohn</p>
<p>Enfermedad de Meniere</p>
<p>Enfermedad de Paget</p>
<p>Enfermedad de Pompe</p>
<p>Enfermedad de Raynaud</p>
<p>Enfermedad pulmonar</p>
<p>Esclerosis sistemática</p>
<p>Espondilitis anquilosante</p>
<p>Fibromialgia</p>
<p>Fibrosis pulmonar</p>
<p>Glaucoma</p>
<p>Hipoacusia</p>
<p>Insuficiencia renal crónica</p>
<p>Isquemia arterial crónica</p>
<p>Lumbalgia</p>
<p>Migraña</p>
<p>Narcolepsia</p>
<p>Neuropatía</p>
<p>Obesidad mórbida</p>
<p>Párkinson</p>
<p>Pérdida de visión</p>
<p>Propopagnosia</p>
<p>Síndrome de Takotsubo</p>
<p>Síndrome de Brugada</p>
<p>Síndrome de Sjorgren</p>
<h3>Enfermedades psíquicas</h3>
<p>Agorafobia</p>
<p>Alcoholismo</p>
<p>Alzheimer</p>
<p>Depresión</p>
<p>Esquizofrenia</p>
<p>Ludopatía</p>
<p>Síndrome de Asperger</p>
<p>Síndrome de Capgras</p>
<p>Trastorno bipolar</p>
<p>Trastorno por ansiedad</p>
<p>La lista de enfermedades para incapacidad permanente absoluta o gran invalidez no es exclusiva ya que se basa en las resoluciones emitidas por tribunales médicos que han resultado en concesión de incapacidad absoluta para el paciente.</p>
<p>Esta lista de <strong>enfermedades se ha dividido en enfermedades físicas o enfermedades mentales</strong>; sin embargo, a menudo, los pacientes con enfermedades físicas desarrollan trastornos psicológicos y los pacientes con enfermedades psicológicas, se ven afectados por trastornos físicos.</p>
<h2>Requisitos para obtener la gran invalidez</h2>
<p>Se considera que una enfermedad es incapacitante en grado de permanente absoluta cuando daña de forma grave la salud de trabajador impidiéndole trabajar y cuando, a pesar de seguir el tratamiento prescrito, no ha habido mejora. Se considera, por lo tanto, que la situación de incapacidad será permanente.</p>
<p>En principal requisito para la <strong>incapacidad permanente absoluta</strong> es estar en situación de alta laboral o tener algún tipo de filiación que prevea la cobertura frente a distintas enfermedades. Por lo tanto, a ella podrás acceder solo aquellas personas que estén en edad legal de trabajar en España, es decir, que sean mayores de 16 años o menores de 65.</p>
<p>Aunque, también pueden obtener la jubilación por incapacidad permanente absoluta aquellas personas que hayan cotizado 15 años durante toda su vida laboral; en este caso, también será necesario que, al menos, tres de esos quince años, se hayan cotizado en los diez años anteriores a la evaluación de la incapacidad permanente absoluta.</p>
<p>Requisito importante para la invalidez permanente es que <strong>el paciente haya seguido un tratamiento prescrito por un facultativo</strong>, sin que se haya podido lograr una mejora o, por el contrario, con un agravamiento de la enfermedad.</p>
<p><strong>Los trámites los pueden iniciar inspectores de trabajo o el Servicio público de salud,</strong> o  el propio interesado, aportando, en cualquier caso, toda la documentación y las pruebas médicas realizadas con anterior, que serán pruebas de que la enfermedad es incapacitante y que, por lo tanto, la persona afectada no puede realizar ningún tipo de actividad laboral.</p>
<p>En el caso de que, tras la valoración y el juicio de un tribunal médico cuyo nombre es Equipo de Valoración de Incapacidades, se resuelva que el paciente cumple las características y requisitos que otorgan este tipo de incapacidad, se tendrán en cuenta su vida laboral y los años de cotización como base para el cálculo de la prestación a la que tiene derecho.</p>
<h2>¿Es revisable la incapacidad permanente absoluta?</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>Sí, pudiendo ser revisada tanto por mejoría del paciente, como por agravamiento de la enfermedad, lo que podría incluir el desarrollo de nuevos trastornos o enfermedades que son consecuencia del primero.</p>
<p>Elaborar una lista de enfermedades e incapacidad permanente absoluta no es fácil, ya que <strong>está sujeta a la valoración y el Equipo de Valoración de Incapacidades será quien valore el caso y quien emitirá la resolución, que puede ser positiva, o no</strong>. Sin embargo, <strong>aun cuando el paciente no obtenga la incapacidad permanente</strong> puede optar por la vía de las reclamaciones, para lo cual es necesario conocer bien plazos y requisitos y, por lo tanto, es recomendable contar con el asesoramiento de abogados expertos.</p>
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		<title>CÓMO DECLARAR UNA INDEMNIZACIÓN RECIBIDA</title>
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		<dc:creator><![CDATA[fe6dd76922]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 28 Jan 2022 09:57:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Cada año, al comenzar la campaña de la declaración de la renta los contribuyentes obligados a presentarlas suelen tener alguna duda sobre qué es obligatorio [&#8230;]</p>
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<p>Una de las cuestiones que más preocupa es la relativa a las indemnizaciones de tráfico y sobre la que muy pocos tienen claro cómo declarar una indemnización recibido: <strong>¿Tributan las indemnizaciones en el IRPF?</strong> ¿Y si se trata de una indemnización que reciben los familiares de un fallecido en un accidente? Tener claro cómo incluirlas en la renta es importante<strong> para evitar una sanción de la agencia tributaria.</strong></p>
<h2>¿Cómo hacer la declaración de la renta si he recibido una indemnización por accidente?</h2>
<p>De forma general, y con algunas excepciones que se incluyen en otro apartado, se puede decir que toda indemnización recibida por la víctima de un accidente de tráfico y como consecuencia de este, está exenta de tributar en el IRPF.</p>
<p>Para disfrutar de la exención de tributación en el Impuesto de Renta sobre las Personas Físicas, el único requisito que la indemnización tiene que cumplir es que haya sido fijada en un juicio o por la vía legal, ya que así lo establece el artículo 7d de la Ley del IRPF 35/2006 de 28 de Noviembre.</p>
<h2>¿Cómo declarar una indemnización por lucro cesante?</h2>
<p>En ocasiones parte de la indemnización es porque se reconoce la pérdida por <strong>lucro cesante</strong>; es decir, una pérdida de ganancias o utilidades que, en <strong>indemnizaciones de tráfico es considerada como un rendimiento de actividades económicas</strong> y, por lo tanto, hay que incluirlo en la declaración de la renta.</p>
<h2>¿Cómo declarar una indemnización cuando la perciben los herederos?</h2>
<p>En ocasiones, quien sufre el accidente  fallece, y la indemnización es percibida por terceros. Se pueden producir dos escenarios:</p>
<ul>
<li>Que el accidentado inicie las acciones legales y judiciales para reclamar por daños y prejuicios y que se produzca su fallecimiento antes de que se dicte sentencia.</li>
<li>Que, por muerte en el accidente, los heredemos de quien sufre en accidente sean los perceptores de la indemnización.</li>
</ul>
<p>En ambos casos, los importes percibidos como pago de la indemnización como consecuencia de accidente de tráfico deberán declararse en el Impuesto de Sucesiones, ya que se consideran parte de la herencia; sin embargo, en ambos casos están exentas de tributar en el IRPF.</p>
<h2>Excepciones a la exención de tributar en el IRPF</h2>
<p>La mayoría de las indemnizaciones recibidas por daños y perjuicios en accidentes de tráfico disfrutan de exención de tributación en el IRPF. Sin embargo, existe una excepción: <strong>es obligatorio tributar en el IRPF</strong> las indemnizaciones por accidente que cumplen estos dos requisitos:</p>
<ul>
<li>Que la indemnización se fije por acuerdo entre las partes, sin llegar a la vía judicial;</li>
<li>Que el importe de la indemnización percibida sea superior a lo establecido en el Baremo de Accidentes de Tráfico.</li>
</ul>
<p>En el caso de percibir una indemnización de tráfico acordara con la aseguradora, es obligatorio incluirla en la declaración de la Renta, aunque hay que matizar que se tributará solo por la parte de exceda cuanto establece el Baremo de Accidentes de Tráfico Ley 35/2015, de 22 de Noviembre; es decir, que solo está sujeta a la retención del IRPF la parte que supere la cantidad fijada en dicho Baremo. Esta parte se declara como ganancia patrimonial no derivada de trasmisión de bienes.</p>
<h2>Indemnización de tráfico recibida: ¿Es obligatoria la declaración de los intereses de demora?</h2>
<p>La mayoría de las indemnizaciones recibidas por daños y perjuicios en accidentes de tráfico no tributan en el IRPF, pero <strong>sí que es obligatorio declarar los intereses de demora percibidos como consecuencia del retraso en el pago de una indemnización</strong>.<strong> Los intereses de demora se consideran rendimientos de capital o como ganancia patrimonial y, por lo tanto, hay que incluirlos en la casilla correspondiente de la Renta.</strong></p>
<p>En muchos casos, las indemnizaciones de tráfico están exentas de ser declaradas en la Renta del año en el que se perciben; sin embargo, existen algunas excepciones y matices que conviene tener en cuenta; por ello, cuando se haya recibido una indemnización y existan dudas sobre la obligatoriedad de declararla, es recomendable contar con asesoramiento profesional.</p>
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		<title>QUÉ OCURRE CON LA INCAPACIDAD PERMANENTE CUANDO SE LLEGA A LA EDAD DE JUBILACIÓN</title>
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		<dc:creator><![CDATA[dario]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 03 Jun 2020 16:21:50 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Este es el supuesto en el que una persona es pensionista de incapacidad y llegada edad jubilación, que ocurre, debo cambiar a la pensión de [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class="alignnone size-full wp-image-183" src="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/INCAPACIDAD-PERMANENTE-EDAD-DE-JUBILACIÓN.jpg" alt="" width="950" height="575" srcset="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/INCAPACIDAD-PERMANENTE-EDAD-DE-JUBILACIÓN.jpg 950w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/INCAPACIDAD-PERMANENTE-EDAD-DE-JUBILACIÓN-300x182.jpg 300w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/INCAPACIDAD-PERMANENTE-EDAD-DE-JUBILACIÓN-768x465.jpg 768w" sizes="(max-width: 950px) 100vw, 950px" /></p>
<p>Este es el supuesto en el que una persona es pensionista de incapacidad y llegada edad jubilación, que ocurre, debo cambiar a la pensión de jubilación puedo cobrar más simultáneamente &#8211; simplemente por haceros una breve introducción, como muchos de vosotros ya sabréis incapacidad permanente en jubilación, son conceptos completamente distintos de pensiones que se cobran de la seguridad social, pero por contingencias completamente diferentes en la incapacidad permanente es aquella situación en la que el trabajador percibe una prestación, por no poder llevar a cabo su actividad laboral o cualquier tipo de trabajo mientras que la jubilación es una prestación en la que se cobra esta pensión por haber cotizado, una serie de un número de años cotizados, que varía en función de cada caso donde hemos hablado de la jubilación hoy en día en el año 2019 quien se ha querido jubilar a los 65 años, tendría que haber acreditado 36 años y 9 meses, cotizados esto ya como como les digo no entraré más en detalle .</p>
<h2>¿ Puede cobrar una incapacidad permanente y la jubilación?</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>Por otro lado en cuanto a la <strong>compatibilidad entre incapacidad permanente y jubilación</strong> deciros, que como norma general, <strong>ambas prestaciones son incompatibles</strong> no se pueden cobrar a la vez una pensión por información permanente y una pensión por jubilación, ahora bien ,siempre existe una excepción a la norma, y en este caso se trata de que <strong>para poder cobrar ambas prestaciones, simultáneamente es necesario que las dos prestaciones por un lado la incapacidad permanente y por otro lado la de jubilación se hayan generado por tres cotizaciones en regímenes distintos</strong> ,un ejemplo muy claro, vamos a imaginar el supuesto de un trabajador autónomo de acuerdo que les declarada una pensión de incapacidad permanente total ,con <strong>esta pensión obtendrá una cuantía económica</strong> por la cotización que ha hecho <strong>del régimen especial de trabajadores autónomos</strong>, pero como ya muchos de vosotros sabréis todavía le va a restar capacidad para seguir trabajando de una cosa distinta a la que ha sido incapacitado, si este trabajador encuentra un trabajo asalariado dentro del régimen general y continúa cotizando durante los años que le sean requeridos, <strong>podrán el día de mañana</strong>,  cuando llegue a la edad de jubilación cobrar ambas pensiones por un lado la de incapacidad permanente por la cotización, que hizo en su momento al régimen de trabajadores autónomos y por otro lado, podrá cobrar también de manera simultánea la pensión de jubilación, por la cotización que hizo al régimen general por eso mismo lo que nosotros, siempre recomendamos, ojo hay que analizar cada caso concreto, pero que siempre recomendamos es que cuando una persona lo hace a una edad determinada, pongamos por ejemplo los 50 años, una pensión de incapacidad permanente absoluta donde la seguridad social ya está abonando el cien por cien de la base reguladora, pero recomendamos cobrar esta pensión de manera vitalicia, ya que recordemos las pensiones de incapacidad permanente como tal no cotizan a la seguridad social entonces, en el ejemplo de este trabajador de 50 años, que le es reconocida una incapacidad permanente absoluta no va a poder trabajar de nada más, por lo que no va a continuar cotizando a la seguridad social, a esta persona cuando llegue a la edad de jubilación, si pide una simulación del cálculo comprobará que va a cobrar mucho más con la pensión de incapacidad permanente que con la jubilación, ahora bien en el caso de esta misma persona, <strong>el trabajador de 50 años a quien le es reconocida una incapacidad permanente total sí que va a poder continuar trabajando, en un oficio distinto al que ha sido incapacitado</strong>, por tanto esta persona si continúa cotizando efectivamente por el nuevo trabajo que pueda conseguir a la hora de solicitar el cálculo de la jubilación, cuando llegue a la edad estipulada para ello podrá decidir si continuar <strong>cobrando su pensión de incapacidad permanente total o si le conviene económicamente pasar a cobrar la jubilación</strong> en estos casos en este segundo empleo, que ese supuesto sí que suele haber más casos en los que compensa y conviene ya que <strong>es una cuantía mayor la jubilación que la incapacidad permanente total. </strong></p>
<p><iframe loading="lazy" src="https://www.youtube.com/embed/pGXx1xIGnv0" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
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		<title>INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL ¿ CUÁNTO COBRARÉ?</title>
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		<dc:creator><![CDATA[dario]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Mar 2020 11:35:17 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Vamos a tratar  la incapacidad permanente total , en qué consiste que se puede considerar como profesión habitual y cuánto cobraría es en el caso [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><strong><img loading="lazy" class="alignnone size-full wp-image-189" src="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/INCAPACIDAD-PERMANENTE-TOTA-.jpg" alt="INCAPACIDAD PERMANENTE TOTA-" width="1017" height="617" srcset="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/INCAPACIDAD-PERMANENTE-TOTA-.jpg 1017w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/INCAPACIDAD-PERMANENTE-TOTA--300x182.jpg 300w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/INCAPACIDAD-PERMANENTE-TOTA--768x466.jpg 768w" sizes="(max-width: 1017px) 100vw, 1017px" /></strong></p>
<p>Vamos a tratar  <strong>la incapacidad permanente total , </strong>en qué consiste que se puede considerar como profesión habitual y cuánto cobraría es en el caso que se reconociera una situación de incapacidad permanente total . En primer lugar como hemos dicho en qué consiste la incapacidad permanente dotada,  es esa situación que por parte de la seguridad social se le reconoce a un trabajador que a consecuencia de sus enfermedades o de sus lesiones está impedido para el desarrollo normal de su profesión habitual , dicha limitación tiene que afectar a aquellas tareas que sean básicas de su profesión no aquellas que tengan un carácter más accesorio.</p>
<p>Pongamos un ejemplo imaginaros <strong>un vigilante de seguridad</strong> que tiene una <strong>lesión en la rodilla la cual le impide de manera permanente</strong> el poder estar de pie o andando durante mucho rato pues bien ya que una de las tareas  principales de un vigilante de seguridad  es la de hacer rondas en el edificio o en el lugar en el cual trabaje podemos entender que se haya limitado para una de las tareas básicas de dicha profesión y <strong>por lo tanto podría tener derecho a la incapacidad permanente total . P</strong>ara la profesión habitual sin embargo si esa lección la tuviera un administrativo,  teniendo en cuenta que dentro de las tareas principales no está la de andar o estar de pie mucho rato sería una tarea accesoria y por lo tanto <strong>no daría lugar a una situación incapacidad permanente total</strong> en cuanto a los requisitos de cotización de alta y en cuanto al <strong>cálculo de la base reguladora en la incapacidad permanente total estamos ante los mismos supuestos y requisitos que se establecen para la incapacidad permanente absoluta</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>Sin embargo hay una excepción en el caso de incapacidad permanente total y cuál es esta excepción pues bien , <strong>si recordáis en los casos de incapacidad permanente absoluta y de gran invalidez se puede acceder a dichas pensiones aún cuando el trabajador no se halla en una situación de alta o asimilada en un régimen de la seguridad social siempre y cuando cumplan los requisitos de cotización</strong>,  sin embargo en la incapacidad permanente total <strong>nunca se puede acceder a la misma cuando el trabajador no está en situación de alta o asimilada en un régimen de la seguridad social </strong>. Pues bien una vez explicado el concepto de incapacidad permanente total,</p>
<h2>QUÉ SE ENTIENDE POR PROFESIÓN HABITUAL</h2>
<p>&nbsp;</p>
<p>Pasaré a explicaros <strong>que se entiende por profesión habitual</strong> la profesión habitual de un trabajador es aquella que viene ejerciendo en el momento en el cual se le reconoce la incapacidad permanente total , sin embargo muchas veces nos encontramos en situaciones en las cuales un trabajador que durante muchos años ha realizado un trabajo por culpa de sus enfermedades o lesiones se ve obligado a realizar otro tipo de trabajo a efectos de profesión habitual,  se seguirá entendiendo que ésta es la que venía ejerciendo durante más tiempo siempre y cuando en este nuevo trabajo no haya estado más de un año antes de solicitar la incapacidad permanente pongamos un ejemplo una pista que <strong>durante 15 años ha venido realizando este trabajo</strong>,  sin embargo a consecuencia de una lesión en la espalda se ve obligado a cambiar de ámbito laboral y comienza a trabajar como administrativo si solicita la incapacidad permanente total. Antes que pase un año a efectos de la misma se seguirá considerando como su profesión habitual la de la pista , sin embargo si está más de un año haciendo este nuevo trabajo como administrativo esta última profesión será la que se tenga en cuenta como profesión habitual.</p>
<p>Por otro lado en los casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional la actividad o profesión habitual será la que ejercía en el momento exacto del accidente o del hecho causante que se tenga en cuenta para la enfermedad profesional,  por otro lado la pregunta que os haréis todos es</p>
<h2>CUÁNTO COBRARÉ SI ME RECONOCEN UNA INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL</h2>
<p>La incapacidad permanente total da derecho al cobro de una pensión mensual correspondiente al 55 por ciento de la base reguladora del trabajador,  aquí hago un pequeño inciso estamos preparando acerca de la base reguladora y de cómo se calcula para que todos lo podáis entender de una manera clara y sencilla aunque ya se os avanzó que se tienen en cuenta factores como la edad o lo que ha cotizado el trabajador dicho esto hay que diferenciar también entre si la pensión viene reconocida a consecuencia de una contingencia común es decir enfermedad común o accidente no laboral,  ya que en estos casos se tiene derecho a 14 pagas de la pensión mientras que si esta pensión viene a consecuencia de una contingencia profesional es decir accidente de trabajo o enfermedad profesional se tendrá derecho al cobro de 12 pagas anuales.</p>
<p>Asimismo en el caso de la incapacidad permanente total existe la posibilidad única dentro de las incapacidades de cambiar el cobro de una pensión mensual por el cobro de una indemnización a tanto alzado única para poder optar por esta indemnización se tienen que cumplir esencialmente dos requisitos :el primero tener menos de 60 años y el segundo que se vaya con posterioridad a trabajar ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia,  ya que recordemos la incapacidad permanente total permite el realizar un trabajo distinto al que se venía ejerciendo siempre y cuando este último sea compatible con las limitaciones que se presentan es importante saber que con esta <strong>modalidad de pago único la seguridad social</strong> siempre se ahorra una cantidad de la prestación que tendría que haber abonado al trabajador si éste hubiera optado por el pago mensual de dicha pensión y esto tiene sentido porque lo que está haciendo la seguridad social es anticipar hasta los 60 años la pensión que vendría cobrando el trabajador mensualmente,  sin embargo este anticipo tiene diferentes consecuencias en función de la edad en la cual se solicite el pago único a tanto alzado por ejemplo un pensionista que tenga menos de 54 años siempre con independencia del al que tenga en el momento en el cual pida el pago único se le abonarán 84 mensualidades es decir 7 años,  por lo tanto , a título de ejemplo si se opta por esta indemnización teniendo 45 años únicamente se le cubrirá hasta los 52 quedando todavía ocho años hasta los sesenta,  a los cuales no cobraría a partir de los 54 años,  por otro lado lo que se abona con el pago único a tanto alzado es los años o son los años que faltan hasta los 60 , sin embargo</p>
<p>¿ Qué pasa en estos casos que si la persona hubiera optado por el pago mensual? de la pensión ¿</p>
<p><strong>Que cobraría 14 pagas por año mientras que en la indemnización a tanto alzado únicamente cobraría en este supuesto el equivalente a 12 meses por año hasta los 60 , </strong>pues bien amigos hasta aquí el vídeo de hoy espero que os haya quedado un poquito más claro que es la incapacidad permanente total para la profesión habitual si aún así tenéis dudas o queréis hacer alguna consulta al respecto no dudéis en hacerlas.</p>
<p><iframe loading="lazy" src="https://www.youtube.com/embed/QukixddhUn8" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
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		<title>JUBILACIÓN ANTICIPADA – CAMBIOS EN EL SISTEMA DE PENSIONES</title>
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		<dc:creator><![CDATA[dario]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Mar 2020 11:12:02 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Vamos a  tratar el tema de la jubilación  anticipada a partir del año que viene de  2019 pues lo que sabemos es que en la [&#8230;]</p>
<p>La entrada <a rel="nofollow" href="https://www.babiruizabogados.es/jubilacion-anticipada-el-sistema-de-pensiones/">JUBILACIÓN ANTICIPADA – CAMBIOS EN EL SISTEMA DE PENSIONES</a> se publicó primero en <a rel="nofollow" href="https://www.babiruizabogados.es">BR abogados, derecho bancario, accidentes , tráfico y protección de datos</a>.</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class="alignnone size-full wp-image-184" src="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/JUBILACIÓN-ANTICIPADA-–-CAMBIOS-EN-EL-SISTEMA-DE-PENSIONES.jpg" alt="JUBILACIÓN ANTICIPADA – CAMBIOS EN EL SISTEMA DE PENSIONES" width="850" height="459" srcset="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/JUBILACIÓN-ANTICIPADA-–-CAMBIOS-EN-EL-SISTEMA-DE-PENSIONES.jpg 850w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/JUBILACIÓN-ANTICIPADA-–-CAMBIOS-EN-EL-SISTEMA-DE-PENSIONES-300x162.jpg 300w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/JUBILACIÓN-ANTICIPADA-–-CAMBIOS-EN-EL-SISTEMA-DE-PENSIONES-768x415.jpg 768w" sizes="(max-width: 850px) 100vw, 850px" /></p>
<p>Vamos a  tratar el tema de la jubilación  anticipada a partir del año que viene de  2019 pues lo que sabemos es que en la reforma  de las pensiones que se hizo por la ley  27/2011,  en esa reforma en la que se  amplió la edad de jubilación hasta los  67, en forma transitoria pero que ya está  vigente y de aplicación,  que también hubo  una reforma para ampliar la base de los años que se utilizarían para calcular la  pensión de jubilación, ya sabemos que en  la anterior reforma por el pacto de toledo se dijeron que eran 15 años los  últimos 15 años que se miraban para la  jubilación y con esta reforma  paulatinamente se está ampliando hasta  los 25 años que se van a coger para  calcular la jubilación cuando lleguemos  a la era ordinaria o nos cubriremos de  forma anticipada.</p>
<p>Bien pues en 2013 u otra ley que reformó  y que lo que se dijo es que como el  sistema de publicaciones actual es  insostenible tanto para las jubilaciones  anticipadas como para la jubilación ordinaria, todas aquellas personas <strong>que a  partir del 2019 causarán una jubilación  del 1 de enero de 2019 en adelante todas  aquellas personas que se jubilen se  aplicaría un nuevo sistema para calcular  la jubilación</strong>, no es que cambia  absolutamente todo sino que entra una  nueva variable en escena para calcular  las jubilaciones , y eso <strong>porque el  sistema es insostenible .</strong></p>
<h2>¿ QUÉ ES EL FACTOS DE SOSTENIBILIDAD ?</h2>
<p>La forma de  solucionarlo se pensó en ese 2013 era introducir la figura del <strong>factor de sostenibilidad. </strong> Qué es esto del <strong>factor de sostenibilidad</strong>  pues es un cálculo que va a introducir a  la hora de la <strong>incapacidad permanente</strong> en  el que se mirará también la esperanza de  vida,  también es una de las grandes  cambios en la actualidad de esperanza de  vida se ha incrementado muchísimo y  claro eso es uno de los motivos,  por los  que se dijo que de los 65 se pasaría a  los 67 para la jubilación ordinaria,  pero aún así la esperanza de vida está  creciendo mucho muchísimo y entonces eso  hace que esté por encima de los 80 años  y eso pues si antes una esperanza de  vida era pues de unos 10 años máximo  después de la jubilación 75 y demás claro ahora se está incrementando mucho serían  20-25 años y son muchos los que se  tendrían que cobrar esta jubilación.  Evidentemente esto hace que el <strong>sistema  sea más insostenible</strong> aún de lo que  estábamos hablando además por tanto se  introduce esta nueva variable que en  esencia es la <strong>esperanza de vida que se  calculará de los últimos cinco años</strong> vale es decir  para calcular seca de 5 en 5 se hacía en  un principio del 2018 hasta el 2013 como había variado y eso se va a  introducir, la ley lo que fija es la  forma de utilizar este cálculo, pero no  se fija en ese sentido la variable para  determinar cuál es la esperanza de vida,  se utilizarán tablas de la organización mundial de la salud y todo esto va a  depender exclusivamente del ministerio de trabajo entonces al final va a ser el  propio gobierno o partido que esté en el  poder que va a poder determinar esto  cada serie( cada cinco años ) pues va a  ver ese numerito que nos va a afectar a  todos en mayor o menor medida hasta  ahora se había dicho que afectaría a  este cambio aproximadamente en medio  punto en un 0 ‘5% del final de  la pensión hacia &#8211; pero las novedades  nos han traído como siempre en el mundo  de la política hacen posponer la aplicación de este factor de  sostenibilidad que entraba en vigor el 1  de enero de 2019 al 2023 y esto es lo  que está aprobado pero que aún tiene que  ir al senado pendiente de aprobación  todo y veremos qué es lo que sucede si  no hay un cambio en esta ley de  presupuestos general del estado que en  ríos sigue así en 2019 ya se aplicaría a  esto pero realmente no tenemos el número  mágico que nos tiene que decir para  saber cómo calcular estas pensiones este  número que es la esperanza de vida  tampoco existe a día de hoy a junio de  2018 <strong>pues aún no hay eso el número </strong>en  cuanto tengamos ese número también os  diríamos cómo afectaría eso y haremos  una simulación de un cálculo que también hay en el canal de cómo  c<strong>alcular la jubilación de cómo capturar  una tensión de capacidad </strong>haremos  nuevo articulo explicando esto pero hasta  que no tengan este número pues no lo   que se postergue el hecho de que el  factor de sostenibilidad no entra en  vigor y es muy digna de que sea en 2023  cuando entre en vigor por lo tanto todo  esto cuando lo tengamos os lo  explicaremos y a partir de ahí pues  veremos el que pero que no cunda el  pánico porque tenemos muchas consultas  de gente que no tengo que jugar de forma  anticipada ya y demás y tal si te formas  en forma anticipada muy rápido  seguramente el perjuicio que vas a tener  es mayor que si te esperas al 2019 por  tanto el consejo está tranquilo <strong>si os  toca jubilaros en 2019 no hace falta que  anticipen nada porque la diferencia que  podríais tener es muy baja y la que  podéis tener de forma anticipada  es muy alta ese sería el consejo final. </strong></p>
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		<title>MODIFICACIÓN DEL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 55 AÑOS</title>
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		<dc:creator><![CDATA[dario]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 18 Mar 2020 10:57:43 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados civil]]></category>
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<p>En este artículo de actualidad que vamos a dedicarlo al subsidio para mayores de 55 años , explicar los requisitos del subsidio de mayores de 55 ,  para solicitar el subsidio de mayores de 55 años es  necesario tener cumplidos los 55 años o más en la fecha en que se agote la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo que estemos cobrando.</p>
<p>Segundo se debe estar inscrito como demandante de empleo como mínimo <strong>un mes antes de solicitar este subsidio ,</strong>haber cumplido el compromiso de actividad,  importante el haber cotizado seis años por desempleo como vivido a lo largo de toda la vida laboral y un último requisito que es importante que es el de carecer de rentas que en cómputo mensual sean superiores al <strong>75% del salario mínimo interprofesional que básicamente es el iprem en el salario mínimo</strong> sino excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.</p>
<p>Bien esto es lo que dice actualmente la ley porque ha sido modificado ha sido declarado los unas partes por esta sentencia del tribunal constitucional todo viene de un real decreto en concreto real decreto-ley número 5 del 2013,  lo que dijo es que <strong>para los subsidios de mayores de 55 años este requisito de carencia de rentas de ese 75% del iprem era necesario que lo cumpliera toda la familia</strong> es decir se sumaban los ingresos de toda la familia se dividían por tantos miembros como tenía la familia y debía ser inferior a este 75% del iprem si no era inferior al 75% libres no se tenía derecho a poder acceder a esta prestación qué es lo que sucedía pues que muchas personas muchas familias dejaron de poder cumplir esta circunstancia porque si a lo mejor el cónyuge o algún hijo trabajaba pues ya se superaba dividiendo entre los mismos de la familia los ingresos del 75% del iprem .</p>
<h2>Modificaciones por el ley sobre el subsidio para mayores de 55 años</h2>
<p>Pues bien , el 2018 el 7 de junio un recurso que se interpuso diciendo que este tipo de medida no era constitucional porque estaba utilizando el real decreto-ley que se tiene que utilizar para como medida de urgencia porque este real decreto-ley no tiene que pasar por la actividad parlamentaria ya no tiene que no es como una ley que tienen que votar todos los partidos políticos sino que el gobierno la puede adoptar porque entiende que la razón de urgencia y necesidad pues se debe adoptar esa medida bien pues la oposición recurre este real decreto-ley y <strong>por una cuestión de forma el trato se declara nulo el artículo que decía que estos ingresos debían ser computados por toda la familia</strong></p>
<p>Pues bien con esta sentencia desde el 7 de junio de 2018 ya <strong>no es necesario que sean de toda la familia sino que es sólo de la persona que percibe el subsidio este el límite del 75 por ciento de salario mínimo interprofesional </strong>de acuerdo entonces lo declaró nulo no porque sea contrario a la ley sino por un tema de formal</p>
<p>Por tanto los que hayan visto suspendida su prestación pueden solicitarla de nuevo no tiene efectos retroactivos en el sentido de que aquellas personas que les hubieran hecho cumplir esos requisitos ahora no pueden demandar dicen oye no como se ha declarado nulo yo en tiro hacia atrás y puedo demandar contra esto no es que no tiene efectos retroactivos estos efectos hacia adelante pero en todo caso ha sido una decisión que como decimos pues ayuda a muchas personas que en las que esa entrada es una entrada principal d la familia y que en algunos casos en los que se superaban este porcentaje hace que las personas puedan en este sentido los subsidiados no puedan cobrar esta prestación así que una nueva sentencia que favorece en este caso a los pensionistas y en concreto pues a esas personas que <strong>puedan cobrar este subsidio para mayores de 55 años .</strong></p>
<p>&nbsp;</p>
<p>&nbsp;</p>
<p><iframe loading="lazy" src="https://www.youtube.com/embed/goOguu3hzAI" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
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		<title>CÓMO CELEBRAR UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON GARANTÍAS</title>
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		<dc:creator><![CDATA[dario]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Jan 2020 17:49:32 +0000</pubDate>
				<category><![CDATA[abogados civil]]></category>
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					<description><![CDATA[<p>Es importante saber los aspectos que debemos de tomar en cuenta cuando vamos a firmar un contrato de arrendamiento bueno lo ideal es que el [&#8230;]</p>
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										<content:encoded><![CDATA[<p><img loading="lazy" class="alignnone size-full wp-image-186" src="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/COMO-CELEBRAR-UN-CONTRATO-DE-ARRENDAMIENTO-CON-GARANTÍAS.jpg" alt="COMO CELEBRAR UN CONTRATO DE ARRENDAMIENTO CON GARANTÍAS" width="1116" height="669" srcset="https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/COMO-CELEBRAR-UN-CONTRATO-DE-ARRENDAMIENTO-CON-GARANTÍAS.jpg 1116w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/COMO-CELEBRAR-UN-CONTRATO-DE-ARRENDAMIENTO-CON-GARANTÍAS-300x180.jpg 300w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/COMO-CELEBRAR-UN-CONTRATO-DE-ARRENDAMIENTO-CON-GARANTÍAS-768x460.jpg 768w, https://www.babiruizabogados.es/wp-content/uploads/2020/09/COMO-CELEBRAR-UN-CONTRATO-DE-ARRENDAMIENTO-CON-GARANTÍAS-1024x614.jpg 1024w" sizes="(max-width: 1116px) 100vw, 1116px" /><br />
Es importante saber los aspectos que debemos de tomar en cuenta cuando vamos a firmar un contrato de arrendamiento bueno lo ideal es que el contrato de arrendamiento sea por escrito muy sencillo poniendo el inmueble el importe que se tiene que pagar por la renta el uso que se le va a dar al bien inmueble y una vez que se lleve a cabo estos aspectos importantes la forma de pago el lugar de pago .</p>
<p>También qué va a suceder en caso de que se les ocupe antes el inmueble y que va a suceder si hay algún deterioro esos son los aspectos generales si usted quiere verificar todos y cada uno puede consultar el código de <strong>procedimientos civiles o códigos civil según sea el caso para lo que usted requiera en su momento otro aspecto .</strong></p>
<p>También debemos de tomar en cuenta es que en la renta de inmuebles sobre todo de inmuebles debe usted debe verificar que efectivamente se encuentra desocupado el inmueble de lo contrario si no se encuentra desocupado pues vamos a tener un problema porque no se va a poder perfeccionar el arrendamiento nos han escrito muchas veces al decirnos me pidieron una cantidad de dinero y esta cantidad de dinero era para supuestamente dar el anticipo de la primera renta y llega al inmueble y estaba ocupado por lo tanto pues es inexistente este contrato de arrendamiento y solamente le defraudar un aspecto , también que se debe de considerar es la calidad de la persona o la personalidad de aquel que le va a rentar no puede ser el amigo del que es el dueño no puede ser a la mejor el compañero sentimental o la compañera sentimental si no tiene que ser alguien que le faculte ya sea la ley como los propietarios los poseedores en todo caso.</p>
<p>También puede ser un apoderado legal un representante legal un administrador único pero usted tiene que verificar que efectivamente esta persona que le va a rentar tiene facultades para hacerlo de lo contrario no existe esa personalidad y por lo tanto tampoco hay un contrato de arrendamiento porque nos han llegado algunos casos en los que celebraron un contrato arrendamiento con el porter porque él como estaba a cargo del edificio pues él le encomendaron equis persona que recibiera todos el dinero que hay para que pueda celebrar un contrato de arrendamiento y eso y eso está muy mal otro aspecto importante es que usted por todas las cantidades de dinero que llegue a dar le den un recibo ese dinero solamente se va a poder acreditar si usted tiene un recibo firmado de lo contrario no se puede porque así usted diga es que yo le pagué cinco rentas adelantadas es que yo le dije depósito pero no hay nada por escrito olvídelo eso es dinero que prácticamente no está si la persona que le renta le dice pues este no tengo en este momento para poderte dar un recibo porque me están haciendo mi talonario nuevo porque se me mojaron y ahora no los tengo pero mañana te lo traigo entonces mañana del el dinero no se lo dé en ese momento tomé una hoja si es tanto a su apuración tome una hoja tiene el recibo correspondiente ponga la fecha el lugar la cantidad y qué es lo que está cubriendo <strong>esa cantidad de dinero si es por rentas póngalos y específicamente es por rentas si es para pagar desperfectos en caso de que le subiera para pagar desperfectos si es como fianza .-</strong></p>
<p>También póngalo como fianza que generalmente es por los desperfectos que se deja pero sea muy específico porque muchas veces dicen bueno una cantidad que me dejaste de la renta es por los desperfectos la otra cantidad es una renta adelantada y la otra es un fianza que yo te pedí pues por si no cumples y entonces bueno la persona que lo renta ya tiene ahí un bagaje como para poder echar mano sobre las cantidades de dinero y dividirlas y conceptualizar las como mejor le parezca y esto genera un verdadero problema cuando nos vamos a litigio.</p>
<p>A la finalización de contrato es necesario avisar de la rescisión del contrato de arrendamiento, así como redactar un <a href="https://www.contratodearrendamiento.net/modelo-entrega-de-fianza-y-llaves/">modelo de escrito de entrega de fianza y llaves</a> del inmueble.</p>
<p>También otro aspecto importante que debe usted tomar en cuenta es que si le dan un contrato de arrendamiento este contrato de arrendamiento lo lea por completo aunque sean las letras muy pequeñas aunque esté muy largo aunque este contrato pues tenga cuatro o cinco hojas y bueno usted a la mejor diga no me voy a tardar 23 horas es preferible que se tardó usted las dos o tres horas en leerlo a que después se lleve usted dos o tres años en irse a un juicio es mucho mejor.</p>
<p>También otro aspecto que es muy importante es corroborar corroborar las identificaciones de las personas que van a celebrar el contrato arrendamiento no es de que sea usted una persona desconfiada no es que usted esté esté actuando mal simple y sencillamente ajustarse a derecho corroborar que efectivamente la identificación de la persona que le está rentando corresponde a la persona con la que va a firmar el contrato y obviamente la persona que generalmente pone ellos ponen como testigo que. T</p>
<p>También exista porque muchas veces usted celebra contrato de arrendamiento con pedro pero resulta que maría fue la que firmó el contrato y usted ni siquiera conoce a maría esos son aspectos sumamente importantes en otro vídeo hablaremos qué pasa cuando no me quieren recibir la renta porque ya quieren que me vaya otro aspecto importante que debe usted tomar en cuenta es cuánto tiempo va a durar ese contrato seis meses un año si las condiciones del inmueble en el caso de que sea un inmueble están para el uso que usted quiera darles ya sea para uso habitacional o para un uso comercial o para un resguardo de algunas mercancías o algunos productos pues es necesario forzosamente que venga especificado porque a lo mejor usted celebra un contrato de papelería que vienen de machote que generalmente no son muy actualizados y viene que es para un uso habitacional y lo que usted está llevando a cabo es un negocio comercial y entonces pues va a tener un verdadero problema porque es una causa de rescisión del contrato con responsabilidad para usted ,también algo que usted debe tomar en cuenta es la pena convencional en el contrato no se establece bueno si usted está rentando pues ya no tendrá ninguna sanción ninguna de las partes pero sí es recomendable que haya una pena convencional el caso de que alguna de las partes incumple espero que esta información haya sido de ayuda sobre como arrendar una vivienda o local.</p>
<p><iframe loading="lazy" src="https://www.youtube.com/embed/5CL6ByxkS_U" width="560" height="315" frameborder="0" allowfullscreen="allowfullscreen"></iframe></p>
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