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INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL ¿ CUÁNTO COBRARÉ?

INCAPACIDAD PERMANENTE TOTA-

Vamos a tratar  la incapacidad permanente total , en qué consiste que se puede considerar como profesión habitual y cuánto cobraría es en el caso que se reconociera una situación de incapacidad permanente total . En primer lugar como hemos dicho en qué consiste la incapacidad permanente dotada,  es esa situación que por parte de la seguridad social se le reconoce a un trabajador que a consecuencia de sus enfermedades o de sus lesiones está impedido para el desarrollo normal de su profesión habitual , dicha limitación tiene que afectar a aquellas tareas que sean básicas de su profesión no aquellas que tengan un carácter más accesorio.

Pongamos un ejemplo imaginaros un vigilante de seguridad que tiene una lesión en la rodilla la cual le impide de manera permanente el poder estar de pie o andando durante mucho rato pues bien ya que una de las tareas  principales de un vigilante de seguridad  es la de hacer rondas en el edificio o en el lugar en el cual trabaje podemos entender que se haya limitado para una de las tareas básicas de dicha profesión y por lo tanto podría tener derecho a la incapacidad permanente total . Para la profesión habitual sin embargo si esa lección la tuviera un administrativo,  teniendo en cuenta que dentro de las tareas principales no está la de andar o estar de pie mucho rato sería una tarea accesoria y por lo tanto no daría lugar a una situación incapacidad permanente total en cuanto a los requisitos de cotización de alta y en cuanto al cálculo de la base reguladora en la incapacidad permanente total estamos ante los mismos supuestos y requisitos que se establecen para la incapacidad permanente absoluta

 

Sin embargo hay una excepción en el caso de incapacidad permanente total y cuál es esta excepción pues bien , si recordáis en los casos de incapacidad permanente absoluta y de gran invalidez se puede acceder a dichas pensiones aún cuando el trabajador no se halla en una situación de alta o asimilada en un régimen de la seguridad social siempre y cuando cumplan los requisitos de cotización,  sin embargo en la incapacidad permanente total nunca se puede acceder a la misma cuando el trabajador no está en situación de alta o asimilada en un régimen de la seguridad social . Pues bien una vez explicado el concepto de incapacidad permanente total,

QUÉ SE ENTIENDE POR PROFESIÓN HABITUAL

 

Pasaré a explicaros que se entiende por profesión habitual la profesión habitual de un trabajador es aquella que viene ejerciendo en el momento en el cual se le reconoce la incapacidad permanente total , sin embargo muchas veces nos encontramos en situaciones en las cuales un trabajador que durante muchos años ha realizado un trabajo por culpa de sus enfermedades o lesiones se ve obligado a realizar otro tipo de trabajo a efectos de profesión habitual,  se seguirá entendiendo que ésta es la que venía ejerciendo durante más tiempo siempre y cuando en este nuevo trabajo no haya estado más de un año antes de solicitar la incapacidad permanente pongamos un ejemplo una pista que durante 15 años ha venido realizando este trabajo,  sin embargo a consecuencia de una lesión en la espalda se ve obligado a cambiar de ámbito laboral y comienza a trabajar como administrativo si solicita la incapacidad permanente total. Antes que pase un año a efectos de la misma se seguirá considerando como su profesión habitual la de la pista , sin embargo si está más de un año haciendo este nuevo trabajo como administrativo esta última profesión será la que se tenga en cuenta como profesión habitual.

Por otro lado en los casos de accidente de trabajo o enfermedad profesional la actividad o profesión habitual será la que ejercía en el momento exacto del accidente o del hecho causante que se tenga en cuenta para la enfermedad profesional,  por otro lado la pregunta que os haréis todos es

CUÁNTO COBRARÉ SI ME RECONOCEN UNA INCAPACIDAD PERMANENTE TOTAL

La incapacidad permanente total da derecho al cobro de una pensión mensual correspondiente al 55 por ciento de la base reguladora del trabajador,  aquí hago un pequeño inciso estamos preparando acerca de la base reguladora y de cómo se calcula para que todos lo podáis entender de una manera clara y sencilla aunque ya se os avanzó que se tienen en cuenta factores como la edad o lo que ha cotizado el trabajador dicho esto hay que diferenciar también entre si la pensión viene reconocida a consecuencia de una contingencia común es decir enfermedad común o accidente no laboral,  ya que en estos casos se tiene derecho a 14 pagas de la pensión mientras que si esta pensión viene a consecuencia de una contingencia profesional es decir accidente de trabajo o enfermedad profesional se tendrá derecho al cobro de 12 pagas anuales.

Asimismo en el caso de la incapacidad permanente total existe la posibilidad única dentro de las incapacidades de cambiar el cobro de una pensión mensual por el cobro de una indemnización a tanto alzado única para poder optar por esta indemnización se tienen que cumplir esencialmente dos requisitos :el primero tener menos de 60 años y el segundo que se vaya con posterioridad a trabajar ya sea por cuenta ajena o por cuenta propia,  ya que recordemos la incapacidad permanente total permite el realizar un trabajo distinto al que se venía ejerciendo siempre y cuando este último sea compatible con las limitaciones que se presentan es importante saber que con esta modalidad de pago único la seguridad social siempre se ahorra una cantidad de la prestación que tendría que haber abonado al trabajador si éste hubiera optado por el pago mensual de dicha pensión y esto tiene sentido porque lo que está haciendo la seguridad social es anticipar hasta los 60 años la pensión que vendría cobrando el trabajador mensualmente,  sin embargo este anticipo tiene diferentes consecuencias en función de la edad en la cual se solicite el pago único a tanto alzado por ejemplo un pensionista que tenga menos de 54 años siempre con independencia del al que tenga en el momento en el cual pida el pago único se le abonarán 84 mensualidades es decir 7 años,  por lo tanto , a título de ejemplo si se opta por esta indemnización teniendo 45 años únicamente se le cubrirá hasta los 52 quedando todavía ocho años hasta los sesenta,  a los cuales no cobraría a partir de los 54 años,  por otro lado lo que se abona con el pago único a tanto alzado es los años o son los años que faltan hasta los 60 , sin embargo

¿ Qué pasa en estos casos que si la persona hubiera optado por el pago mensual? de la pensión ¿

Que cobraría 14 pagas por año mientras que en la indemnización a tanto alzado únicamente cobraría en este supuesto el equivalente a 12 meses por año hasta los 60 , pues bien amigos hasta aquí el vídeo de hoy espero que os haya quedado un poquito más claro que es la incapacidad permanente total para la profesión habitual si aún así tenéis dudas o queréis hacer alguna consulta al respecto no dudéis en hacerlas.

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