{"@context":"http:\/\/schema.org\/","@type":"BlogPosting","@id":"https:\/\/www.babiruizabogados.es\/modificacion-del-subsidio-para-mayores-de-55-anos\/#BlogPosting","mainEntityOfPage":"https:\/\/www.babiruizabogados.es\/modificacion-del-subsidio-para-mayores-de-55-anos\/","headline":"MODIFICACI\u00d3N DEL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 55 A\u00d1OS","name":"MODIFICACI\u00d3N DEL SUBSIDIO PARA MAYORES DE 55 A\u00d1OS","description":"En este art\u00edculo de actualidad que vamos a dedicarlo al subsidio para mayores de 55 a\u00f1os , explicar los requisitos del subsidio de mayores de […]","datePublished":"2020-03-18","dateModified":"2021-04-22","author":{"@type":"Person","@id":"https:\/\/www.babiruizabogados.es\/author\/dario\/#Person","name":"dario","url":"https:\/\/www.babiruizabogados.es\/author\/dario\/","image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/?s=96&d=mm&r=g","url":"https:\/\/secure.gravatar.com\/avatar\/?s=96&d=mm&r=g","height":96,"width":96}},"publisher":{"@type":"Organization"},"image":{"@type":"ImageObject","@id":"https:\/\/www.babiruizabogados.es\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/MODIFICACI\u00d3N-DEL-SUBSIDIO-PARA-MAYORES-DE-55-A\u00d1OS.jpg","url":"https:\/\/www.babiruizabogados.es\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/MODIFICACI\u00d3N-DEL-SUBSIDIO-PARA-MAYORES-DE-55-A\u00d1OS.jpg","height":619,"width":1063},"url":"https:\/\/www.babiruizabogados.es\/modificacion-del-subsidio-para-mayores-de-55-anos\/","about":["abogados civil"],"wordCount":735,"articleBody":"En este art\u00edculo de actualidad que vamos a dedicarlo al subsidio para mayores de 55 a\u00f1os , explicar los requisitos del subsidio de mayores de 55 , \u00a0para solicitar el subsidio de mayores de 55 a\u00f1os es\u00a0 necesario tener cumplidos los 55 a\u00f1os o m\u00e1s en la fecha en que se agote la prestaci\u00f3n por desempleo o el subsidio por desempleo que estemos cobrando.Segundo se debe estar inscrito como demandante de empleo como m\u00ednimo un mes antes de solicitar este subsidio ,haber cumplido el compromiso de actividad, \u00a0importante el haber cotizado seis a\u00f1os por desempleo como vivido a lo largo de toda la vida laboral y un \u00faltimo requisito que es importante que es el de carecer de rentas que en c\u00f3mputo mensual sean superiores al 75% del salario m\u00ednimo interprofesional que b\u00e1sicamente es el iprem en el salario m\u00ednimo sino excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias.Bien esto es lo que dice actualmente la ley porque ha sido modificado ha sido declarado los unas partes por esta sentencia del tribunal constitucional todo viene de un real decreto en concreto real decreto-ley n\u00famero 5 del 2013, \u00a0lo que dijo es que para los subsidios de mayores de 55 a\u00f1os este requisito de carencia de rentas de ese 75% del iprem era necesario que lo cumpliera toda la familia es decir se sumaban los ingresos de toda la familia se divid\u00edan por tantos miembros como ten\u00eda la familia y deb\u00eda ser inferior a este 75% del iprem si no era inferior al 75% libres no se ten\u00eda derecho a poder acceder a esta prestaci\u00f3n qu\u00e9 es lo que suced\u00eda pues que muchas personas muchas familias dejaron de poder cumplir esta circunstancia porque si a lo mejor el c\u00f3nyuge o alg\u00fan hijo trabajaba pues ya se superaba dividiendo entre los mismos de la familia los ingresos del 75% del iprem .Modificaciones por el ley sobre el subsidio para mayores de 55 a\u00f1osPues bien , el 2018 el 7 de junio un recurso que se interpuso diciendo que este tipo de medida no era constitucional porque estaba utilizando el real decreto-ley que se tiene que utilizar para como medida de urgencia porque este real decreto-ley no tiene que pasar por la actividad parlamentaria ya no tiene que no es como una ley que tienen que votar todos los partidos pol\u00edticos sino que el gobierno la puede adoptar porque entiende que la raz\u00f3n de urgencia y necesidad pues se debe adoptar esa medida bien pues la oposici\u00f3n recurre este real decreto-ley y por una cuesti\u00f3n de forma el trato se declara nulo el art\u00edculo que dec\u00eda que estos ingresos deb\u00edan ser computados por toda la familiaPues bien con esta sentencia desde el 7 de junio de 2018 ya no es necesario que sean de toda la familia sino que es s\u00f3lo de la persona que percibe el subsidio este el l\u00edmite del 75 por ciento de salario m\u00ednimo interprofesional de acuerdo entonces lo declar\u00f3 nulo no porque sea contrario a la ley sino por un tema de formalPor tanto los que hayan visto suspendida su prestaci\u00f3n pueden solicitarla de nuevo no tiene efectos retroactivos en el sentido de que aquellas personas que les hubieran hecho cumplir esos requisitos ahora no pueden demandar dicen oye no como se ha declarado nulo yo en tiro hacia atr\u00e1s y puedo demandar contra esto no es que no tiene efectos retroactivos estos efectos hacia adelante pero en todo caso ha sido una decisi\u00f3n que como decimos pues ayuda a muchas personas que en las que esa entrada es una entrada principal d la familia y que en algunos casos en los que se superaban este porcentaje hace que las personas puedan en este sentido los subsidiados no puedan cobrar esta prestaci\u00f3n as\u00ed que una nueva sentencia que favorece en este caso a los pensionistas y en concreto pues a esas personas que puedan cobrar este subsidio para mayores de 55 a\u00f1os .  "}